QUEJA. El consejero Alfredo Figueroa (izq.) dijo que el IFE no está facultado para sancionar a Valdemar (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )
Miércoles 20 de abril de 2011 José Gerardo Mejía | El Universaljose.mejia@eluniversal.com.mx
La Secretaría de Gobernación (Segob) resolvió que el vocero de la Arquidiócesis Primada de México, Hugo Valdemar, violó las leyes electorales, como lo determinó en marzo pasado el Instituto Federal Electoral (IFE). Sin embargo, la dependencia regresó el expediente al órgano electoral para que imponga una sanción al representante de la Iglesia católica.
En un comunicado, Gobernación informó que la Comisión Sancionadora de la Dirección General de Asociaciones Religiosas resolvió sancionar a Valdemar por haberse asociado “con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de un candidato, partido o asociación política”.
Lo anterior tras configurarse una violación a la fracción primera del artículo 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, por lo que la dependencia explicó que dicha resolución fue notificada al IFE el pasado 15 de abril, cuando le informó sobre el procedimiento instaurado contra el presbítero.
La Segob explicó que devolvió el expediente al IFE por considerar que a éste le corresponde la aplicación de las disposiciones contenidas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El pasado 3 de marzo, en acatamiento a lo dispuesto por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo General resolvió la denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y se acreditaron las faltas del vocero de la Arquidiócesis.
El Consejo General del IFE turnó el expediente a la Segob para que impusiera la penalidad, pero la dependencia envió un oficio el viernes pasado en el que se declaró incompetente para ello.
La decisión de la Segob fue cuestionada el pasado lunes por el presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del IFE, Alfredo Figueroa, quien rechazó las conclusiones de la dependencia, porque, dijo, el organismo electoral no está facultado para sancionar a Valdemar.
El IFE informó al TEPJF de la negativa de Gobernación.
En un comunicado, el órgano electoral explicó que la Comisión de Quejas y Denuncias, que preside Alfredo Figueroa, también solicitó a la Secretaría Ejecutiva del IFE devolver este expediente al titular de Gobernación, José Francisco Blake, a fin de que el IFE no incurra en desacato a una orden judicial.
Figueroa envió un oficio a los magistrados, en el que recordó que Valdemar fue sancionado por haber convocado a no votar por el PRD, situación prohibida para un ministro de culto.
En un segundo comunicado, el órgano electoral respondió a la Secretaría de Gobernación que ésta es la única facultada para sancionar a los ministros de culto cuando tienen injerencia en asuntos relacionados con la política del país.
A firmó que el Cofipe establece que es la que debe emitir una sanción contra Valdemar. El inciso cuarto del artículo 355 del Cofipe establece: “Cuando el IFE tenga conocimiento de la comisión de una infracción por parte de los ministros de culto, asociaciones, iglesias o agrupaciones de cualquier religión, informará a la Segob para los efectos legales conducentes”.
En tanto, Jesús Zambrano, líder nacional del PRD, exigió a la Segob no evadir su responsabilidad y sancionar al vocero de la Arquidiócesis. Advirtió que su partido, como parte denunciante, promoverá un “incidente de inejecución de sentencia” ante el TEPJF, para que haga cumplir el fallo contra el sacerdote.
La Secretaría de Gobernación (Segob) resolvió que el vocero de la Arquidiócesis Primada de México, Hugo Valdemar, violó las leyes electorales, como lo determinó en marzo pasado el Instituto Federal Electoral (IFE). Sin embargo, la dependencia regresó el expediente al órgano electoral para que imponga una sanción al representante de la Iglesia católica.
En un comunicado, Gobernación informó que la Comisión Sancionadora de la Dirección General de Asociaciones Religiosas resolvió sancionar a Valdemar por haberse asociado “con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de un candidato, partido o asociación política”.
Lo anterior tras configurarse una violación a la fracción primera del artículo 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, por lo que la dependencia explicó que dicha resolución fue notificada al IFE el pasado 15 de abril, cuando le informó sobre el procedimiento instaurado contra el presbítero.
La Segob explicó que devolvió el expediente al IFE por considerar que a éste le corresponde la aplicación de las disposiciones contenidas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El pasado 3 de marzo, en acatamiento a lo dispuesto por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo General resolvió la denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y se acreditaron las faltas del vocero de la Arquidiócesis.
El Consejo General del IFE turnó el expediente a la Segob para que impusiera la penalidad, pero la dependencia envió un oficio el viernes pasado en el que se declaró incompetente para ello.
La decisión de la Segob fue cuestionada el pasado lunes por el presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del IFE, Alfredo Figueroa, quien rechazó las conclusiones de la dependencia, porque, dijo, el organismo electoral no está facultado para sancionar a Valdemar.
El IFE informó al TEPJF de la negativa de Gobernación.
En un comunicado, el órgano electoral explicó que la Comisión de Quejas y Denuncias, que preside Alfredo Figueroa, también solicitó a la Secretaría Ejecutiva del IFE devolver este expediente al titular de Gobernación, José Francisco Blake, a fin de que el IFE no incurra en desacato a una orden judicial.
Figueroa envió un oficio a los magistrados, en el que recordó que Valdemar fue sancionado por haber convocado a no votar por el PRD, situación prohibida para un ministro de culto.
En un segundo comunicado, el órgano electoral respondió a la Secretaría de Gobernación que ésta es la única facultada para sancionar a los ministros de culto cuando tienen injerencia en asuntos relacionados con la política del país.
A firmó que el Cofipe establece que es la que debe emitir una sanción contra Valdemar. El inciso cuarto del artículo 355 del Cofipe establece: “Cuando el IFE tenga conocimiento de la comisión de una infracción por parte de los ministros de culto, asociaciones, iglesias o agrupaciones de cualquier religión, informará a la Segob para los efectos legales conducentes”.
En tanto, Jesús Zambrano, líder nacional del PRD, exigió a la Segob no evadir su responsabilidad y sancionar al vocero de la Arquidiócesis. Advirtió que su partido, como parte denunciante, promoverá un “incidente de inejecución de sentencia” ante el TEPJF, para que haga cumplir el fallo contra el sacerdote.
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